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Por qué te interesa (aunque ahora mismo tu cocina funcione “sin problemas”)

Imagina que mañana entra una inspectora sanitaria en tu local. Tras los saludos de rigor pide los registros de formación sobre alérgenos de camareros, cocineros y repartidores. Si alguno falta o está desactualizado, la visita puede acabar en multa, retirada de platos de la carta o cierre cautelar.

Con este artículo evitarás ese susto: veremos qué exige la ley, a quién alcanza y cuánto cuesta incumplir.

¿A quién obliga exactamente?

Si tu empresa elabora, sirve, transporta o almacena alimentos que puedan contener alguno de los 14 alérgenos de declaración obligatoria, la norma te incluye. Da igual el tamaño o la forma jurídica:

  • Bares, restaurantes y food-trucks

  • Obradores artesanos y panaderías industriales

  • Fábricas de cuarta gama, cárnicas o lácteas

  • Catering escolar, hospitalario o de aerolíneas

  • Supermercados con sección de frescos

Nadie queda fuera.

Qué dice la ley

Esto es lo que dice el Reglamento (UE) 2021/382 en su capítulo llamado «Cultura de la seguridad alimentaria»

«…velar por que el personal reciba una formación y una supervisión adecuadas.» – Cap. XI bis d)

El control de alérgenos forma parte del mismo APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control): la “cultura de seguridad alimentaria” establecida en el Reglamento (UE) 2021/382, Capítulo XI bis, apartado 2 d) obliga a documentar procedimientos y supervisión, además de la formación continua.

Sanciones por incumplir (Ley 17/2011, arts. 50-55)

Tipo de infracción Multa (€) Otros daños colaterales
Leve – riesgo menor ≤ 5.000 Requerimiento de subsanación
Grave – riesgo para la salud pública 5.001 – 20.000 Retirada de producto, publicación en el BOE
Muy grave – riesgo grave o reincidencia 20.001 – 600.000 Suspensión temporal de la actividad

Además, la autoridad puede suspender la actividad, retirar el producto o publicar la sanción para advertir a consumidores y proveedores.

Preguntas frecuentes

  • ¿Necesito un “carné de alérgenos”?
    No existe. La inspección revisa diplomas acreditables y los registros de refresco.

  • ¿Cada cuánto reciclo al personal?
    Los manuales de AESAN recomiendan cada 2-4 años o cuando cambien proveedores o recetas. Documenta tu criterio.

  • ¿Sirve la formación online?
    Sí, siempre que incluya horas, temario y evaluación trazable. Guarda los tests y las conexiones.

La seguridad alimentaria no acaba con los alérgenos…

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