⏱️ Tiempo de lectura: 2 min – 460 palabras aprox.
Por qué te interesa (aunque nadie te lo haya pedido aún)
Imagina que Inspección de Trabajo aparece tras una denuncia anónima y pide tu Plan de Igualdad junto con las evidencias de su cumplimiento (registro, diagnóstico, formación). Si el plan está incompleto o sin medidas formativas, la sanción es casi segura. Este artículo explica qué exige la ley, a quién afecta y cuánto cuesta incumplir.
¿A quién obliga exactamente?
-
Empresas con 50 o más personas en plantilla (cómputo total anual).
-
Administraciones públicas con personal laboral.
-
ONG y cooperativas que superen ese umbral.
Las micro-pymes quedan fuera del plan, pero no del protocolo de acoso (ver entrada 2).
Qué dice la ley
En términos formativos, la ley dice lo siguiente:
Ley Orgánica 10/2022, art. 12.2
«Las empresas… promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio…»
Infracción (resumen) | Precepto que la tipifica | Calificación | Tramo de multa* (€) | Consecuencias accesorias previstas |
---|---|---|---|---|
Plan de Igualdad inexistente, sin registrar o sin medidas adecuadas | Art. 7.13 | Grave | 751 – 7.500 | Requerimiento de subsanación |
Falta de protocolo frente al acoso o ausencia de formación/sensibilización sobre acoso y violencia sexual | Art. 8.13 bis | Muy grave | 7.501– 225.018 | Pérdida de bonificaciones y ayudas públicas (art. 46 bis) |
Negarse a negociar, no aplicar o aplicar de forma ficticia el Plan de Igualdad cuando es obligatorio | Art. 8.17 | Muy grave | 7.501 – 225.018 | Publicación de la sanción en el Registro de Infractores (art. 16.2) |
* Cuantías fijadas en art. 40 LISOS (relaciones laborales), sin cambios en la última actualización de importes.
Preguntas frecuentes
-
¿La formación alcanza a la dirección? Sí, directivos y comité deben participar (RD 901/2020, art. 8 e).
-
¿Cada cuánto se revisa el plan? Como máximo cada cuatro años o antes si cambian circunstancias (RD 901/2020, art. 9).
-
¿Modalidad online válida? Sí, si incluye evaluación trazable y registro de conexiones.
Próximo paso
Completa tu cumplimiento con el Protocolo de prevención del acoso (obligatorio para todas las empresas). » Sigue leyendo: Protocolo de acoso
¿Dudas o casos especiales?
Escríbenos a info@modusconsulting.es o reserva una llamada de 15 min. Un consultor responderá en menos de 48 h.
En Modus Consulting acompañamos a las empresas a crecer.